EL 10 DE MAYO SE PONE EN MARCHA EL RÉGIMEN ESPECIAL DE CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES FISCALES

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EL 10 DE MAYO SE PONE EN MARCHA EL RÉGIMEN ESPECIAL DE CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES FISCALES

La aplicación del régimen especial de cancelación de obligaciones fiscales que comenzará a regir a partir del 10 de mayo.

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COMUNICADO DEL CENTRO DE OPERACIONES DE EMERGENCIAS CORRESPONDIENTE AL DÍA JUEVES 9 DE MAYO

Los contribuyentes que deseen adherirse, podrán hacerlo hasta el 28 de junio del corriente y las obligaciones fiscales que se pueden regularizar, son las siguientes: Tasa Comercial; Tasa General Inmobiliaria; Tasa de Servicios Sanitarios; Juzgado de Faltas; Derechos de Inscripción; Derechos de Construcción; Cementerio; Contribución de Mejoras; Abasto; Terminal de Ómnibus; Mercado Popular de Pulgas y Publicidad de Propaganda.

¿CÓMO ACCEDER?

Quienes quieran acceder, podrán hacerlo en las oficinas de la Dirección de Rentas, en el Centro Cívico Mitre y Pellegrini, en el horario de 7 a 12.30 horas, de lunes a viernes; en el Juzgado de Faltas, Rivadavia 632, en el horario de 8 a 12.30 hs, de lunes a viernes; en el Ente Descentralizado de Obras Sanitarias, Entre Ríos 1300, de lunes a viernes,  en el horario de 08 a 12 hs y en el Cementerio Nuevo de Concordia, Feliciano y Las Heras, en el horario de  7.30 a 12.00 horas, también de lunes a viernes.

OPCIONES PARA REGULARIZAR

Las opciones a las que pueden acceder los contribuyentes para regularizar, son las siguientes:

Juzgado de Faltas: por pago contado, habrá un descuento del 50% del capital e intereses, o la opción de 3, 6 y 12 cuotas con un 30% de descuento del capital e intereses.

Resto de las Tasas: por pago contado habrá un descuento del 100% de intereses o podrán hacerlo en 3, 6 y 12 cuotas, con una reducción menor de intereses y un interés de financiación.

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