Durante la sesión de este jueves del Honorable Concejo Deliberante se aprobó por unanimidad el proyecto de Ordenanza
Durante la sesión de este jueves del Honorable Concejo Deliberante se aprobó por unanimidad el proyecto de Ordenanza que establece que quienes quieran acceder a cargos públicos en el ámbito municipal, no deberán tener antecedentes.
En el proyecto, conocido también como “Ficha Limpia”, se destaca que el mismo promueve la ética y transparencia en el gobierno local, asegurando un desempeño íntegro y confiable, remarcándose que es el momento para demostrar un compromiso firme con la transparencia en la política, implementando herramientas que fortalezcan las instituciones y refuercen los cimientos de la democracia.
Este tipo de medidas fomentan la integridad y confianza en el sistema político, estableciendo una base sólida para una gestión más eficaz y responsable, enfocada en prevenir y combatir la corrupción, mejorando la participación ciudadana, asegurando la transparencia en la gestión gubernamental, y estableciendo controles internos para proteger la integridad en el uso de los recursos públicos.
La Ordenanza aprobada establece que quedan inhabilitados para ejercer los cargos municipales de: Secretarios; Subsecretarios; Directores; Jefes de Departamentos; Jefes de Área; Secretarios del Concejo Deliberante; Subsecretarios del Concejo Deliberante.
Aquellas personas condenadas en primera o segunda instancia por delitos dolosos graves, relacionados con hechos de corrupción o contra la integridad sexual de las personas; delitos contra la seguridad de la Nación; delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional; cohecho y tráfico de influencias; malversación de caudales públicos; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; exacciones ilegales; enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos; encubrimiento.
El delito de fraude en perjuicio de la administración pública; delitos contra el orden económico y financiero; delito de femicidio, violencia de género o abuso sexual en todas las modalidades previstas en el Código Penal y aquellos delitos que se incorporen al Código Penal de la Nación o por leyes especiales, en cumplimiento de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción o cualquier otra notificada por la República Argentina en la materia.
Queda establecido además que como requisito para ocupar los cargos mencionados, la presentación al Departamento Ejecutivo Municipal de los siguientes documentos: Certificado de antecedentes penales; Libre deudor alimentario; Comprobante de libre deuda de impuestos municipales; Declaración Jurada Patrimonial.
TEXTO COMPLETO NORMATIVA: FICHA LIMPIA
En el texto de dicha normativa se establece en el Articulo N° 1:
“La inhabilitación para ejercer los cargos municipales” de: Secretarios, Subsecretarios Directores, Jefes de departamentos, Jefes de área Secretarios del Concejo Deliberante, Subsecretarios del Concejo Deliberante, aquellas personas condenadas en primera o segunda instancia por los siguientes delitos dolosos graves, relacionados con hechos de corrupción o contra la integridad sexual de las personas:
a) Los delitos previstos en los Capítulos I y II del Título IX (delitos contra la seguridad de la Nación) del Libro Segundo del Código Penal de la Nación.
b) Los delitos previstos en los Capítulos I y II del Título X (delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional) del Libro Segundo del Código Penal de la Nación.
c) Los delitos previstos en los Capítulos VI (cohecho y tráfico de influencias); VII (malversación de caudales públicos); VIII (negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas); IX (exacciones ilegales); IX bis (enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos); y XIII (encubrimiento) del Título XI del Libro Segundo del Código Penal de la Nación.
d) El delito de fraude en perjuicio de la administración pública previsto en el artículo 174, inciso 5º del Código Penal de la Nación.
e) Los delitos previstos en el Título XIII (delitos contra el orden económico y financiero) del Libro Segundo del Código Penal de la Nación.
f) El delito de femicidio, violencia de género o abuso sexual en todas las modalidades previstas en el Código Penal.
g) Aquellos delitos que se incorporen al Código Penal de la Nación o por leyes especiales, en cumplimiento de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción o cualquier otra notificada por la República Argentina en la materia.
Artículo N°2
Establecer como requisito para ocupar los cargos mencionados en el ARTÍCULO N° 1, la presentación al Departamento Ejecutivo Municipal de los siguientes documentos:
– Certificado de antecedentes penales.
– Libre deudor alimentario.
– Comprobante de libre deuda de impuestos municipales.
– Declaración Jurada Patrimonial.
Entre los expedientes de los concejales que tomaron estado parlamentario fueron aprobados por unanimidad:
De la Concejal Celeste Fuscado, fue sancionado con fuerza de Resolución “Declarándose de Interés Municipal y Social el Segundo de los Encuentros del Ciclo de Conversatorio “Reforma Política de Entre Ríos”. “Debates para los nuevos escenarios de la democracia”, lema “Boleta única papel. Perspectivas, diferencias, oportunidades” a realizarse en 28 de agosto del corriente año organizada por la Universidad Autónoma de Entre Ríos.
De la Concejal Eliana Lagraña: fue sancionado el Proyecto de Resolución, “Declarándose Personalidad Destacada de la Cultura al Maestro Carlos Alberto Cazón, por su trayectoria y aporte a la comunidad”.
Del Concejal Emmanuel Godoy: fue sancionado el Proyecto de Resolución “Declarándose de Interés Municipal y Religioso el programa “Invasión del Amor de Dios “ a realizarse durante los meses de agosto, septiembre y octubre.
De la Concejal Yaiza Pessolani Bechet: fue aprobada la Minuta de Comunicación donde se arbitren las medidas necesarias para que se proporcione a los vecinos la instalación de alumbrado público en la calle José Ortiz, entre Chacho Peñaloza y La Delfina. Que las tareas de mantenimiento de las calles sean realizadas periódicamente en el Barrio Osvaldo Magnasco.
Asimismo, de los expedientes de Despacho de Comisión fueron aprobados por unanimidad:
De la Comisión de Cultura, Deporte y Educación, Proyecto de Resolución “Declarándose de Interés Municipal la Exposición Retrospectiva de Guillermo Bekes “Travesía” a realizarse del 6/9 al 15/10.
De la Comisión de Gobierno, Hacienda y Producción: Se aprobó por Ordenanza el descuento solicitado por la Dra. Marina Zapata para uso del Centro de Convenciones Concordia. Para el 1er. Congreso Iberoamericano de Alimentos 4.0 CIAL 2.024 (21 y 22 de agosto).
En la Orden del Día, ingresaron un total de diecisiete expedientes. De la Comisión de Cultura, Deportes y Educación, el Concejo Deliberante sancionó por unanimidad los siguientes Proyectos de Resolución:
· Declarándose de Interés Cultural al Ciclo de capacitaciones ambientales “Somos Naturaleza” a dictarse a partir del 26 de agosto de 2024.
· Declarándose de Interés Cultural las Jornadas “Alejo Peyret, El Masón Olvidado” (1 y 2 de noviembre).
· Declarándose Huésped de Honor al Dr. Jorge Ángel Clavero, disertante de la Jornada del 1 y 2 de noviembre.
· Declarándose de Interés Municipal las “Jornadas Internacionales de Derecho de Familia” que se llevarán a cabo el 29 y 30 de agosto que se llevarán a cabo en el Colegio de Abogados Sección Concordia.
· Declarándose de Interés Municipal la 7ª Edición del Festival Federal de cortometraje “Videominuto”.
· Declarándose de Interés Municipal y Cultural el Proyecto “Folclore…Ando La Marcha de los Bombos” a realizarse el 22 de agosto.
· Declarándose de Interés Cultural al Ciclo de capacitaciones ambientales “Somos Naturaleza” a dictarse a partir del 26 de agosto de 2024.
Homenajes
En uso de la palabra la concejal Claudia Villalba (Más para Entre Ríos) con motivo de haberse conmemorado el 14 de agosto el “Día de la Policía Mujer” hizo un reconocimiento a ellas que demuestran dedicación en el cumplimiento de sus deberes.
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